Procedimientos para proteger tus datos

Niña con llave
El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, está convencido de la importancia que conlleva la protección de los datos personales, por ello, en esta sección, el público usuario conocerá los conceptos básicos acerca de este derecho fundamental que los sujetos obligados tienen la obligación de cumplir.

Como ejercer los derechos ARCO

PROCEDIMIENTO PARA EJERCER LOS DERECHOS ARCO

Cada sujeto obligado de la Ciudad de México, cuenta con una Unidad de Transparencia (UT); a través de ella, puedes recibir asesoría sobre la protección de datos personales, así como también ejercer el derecho a la protección de tus datos personales (ARCO).
La ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal la define como:
Oficina de Información Pública: La unidad administrativa receptora de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales en posesión de los entes públicos, a cuya tutela estará el trámite de las mismas, conforme a lo establecido en esta Ley y en los lineamientos que al efecto expida el Instituto;
La forma de ejercer tu derecho es por medio de:
Artículo 33.- La solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, se deberá presentar ante la oficina de información pública del ente público que el interesado considere que está procesando información de su persona. El procedimiento de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, iniciará con la presentación de una solicitud en cualquiera de las siguientes modalidades:
  1. Por escrito material, será la presentada personalmente por el interesado o su representante legal, en la oficina de información pública, o bien, a través de correo ordinario, correo certificado o servicio de mensajería;
  2. En forma verbal, será la que realiza el interesado o su representante legal directamente en la oficina de información pública, de manera oral y directa, la cual deberá ser capturada por el responsable de la oficina en el formato respectivo;
III. Por correo electrónico, será la que realiza el interesado a través de una dirección electrónica y sea enviada a la dirección de correo electrónico asignada a la oficina de información pública del ente público;
  1. Por el sistema electrónico que el Instituto establezca para tal efecto, y
  2. Por vía telefónica, en términos de los lineamientos que expida el Instituto.
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